NUEVA REGULARIZACIÓN DE DEUDAS DE TRIBUTOS MUNICIPALES
Compartir en:

4/6/25.

Se abre una moratoria por espacio de 60 días


La Municipalidad de Nueve de Julio informa que se encuentra en vigencia un plan de regularización de deudas de gravámenes municipales, el que se extenderá por 60 días, comprendiendo la deuda original, actualizaciones e intereses devengados hasta el mes anterior del acogimiento al plan.


Podrán regularizarse mediante el presente régimen los siguientes gravámenes: Patente Automotor, Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial


Municipal, Tasa Retributiva de Servicios Urbanos, Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Derechos de Construcción, Obras Públicas de Infraestructuras y demás tasas municipales.


Es de destacar que, en oportunidad de formular su acogimiento al presente régimen, el contribuyente deberá reconocer el importe total de su deuda y constituir un domicilio fiscal electrónico.


 


BENEFICIOS


- La presentación del acogimiento por parte del contribuyente importa el reconocimiento expreso e irrevocable de la deuda incluida en el plan de pagos, así como aquella reconocida y no incluida en el mismo. El firmante del formulario de acogimiento al régimen de regularización asume voluntariamente la deuda, comprometiéndose a su pago en las condiciones requeridas.


- El monto del acogimiento se establecerá computando desde los vencimientos originales de la obligación y hasta el último día del mes anterior a la fecha del acogimiento, con la reducción del monto correspondiente a los intereses que se establece a continuación: El importe total correspondiente a los intereses se establecerá reduciéndolo en un veinte por ciento (20%).


 


MODALIDAD DE PAGO


El pago de las obligaciones regularizadas podrá realizarse de acuerdo a lo siguiente:


AL CONTADO, si el acogimiento al plan incluye la totalidad de la deuda del contribuyente. En un sólo pago, con un descuento adicional del treinta por ciento (30%) del monto de los intereses netos, establecidos en el artículo anterior.


EN HASTA TRES PAGOS, con un descuento adicional del veinte por ciento (20%) del monto de los intereses netos, establecidos en el artículo anterior.


EN 4 PAGOS Y HASTA SEIS PAGOS, con un descuento adicional del diez por ciento (10%) del monto de los intereses netos, establecidos en el artículo anterior.


 


REQUISITO


Los contribuyentes que se encuentren incluidos en planes de regularización deudas vigentes, al momento de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, no podrán solicitar acogerse al presente plan de regularización.


 


OTRAS DEUDAS


Se incluyen en el presente régimen las deudas con reclamo de pago iniciado por la Oficina de Gestión Judicial Municipal, en tanto se regularicen los honorarios, costas y gastos.


 


PLAZOS Y VENCIMIENTOS


El D.E. podrá prorrogar por hasta 60 (sesenta) días los plazos para adherirse al Plan, y establecerá el vencimiento de las cuotas y los medios de pagos habilitados que estime conveniente. La mora en el pago de la cuota devengará el interés establecido en la Ordenanza Fiscal vigente, para el pago fuera de término. La falta de pago de 2 cuotas seguidas o 3 alternadas hará decaer los beneficios del Plan de Regularización.


 


INFORMACIÓN


Los contribuyentes pueden solicitar más información al whatsapp 2317-621234 o a los siguientes correos electrónicos: fbancora@9dejulio.gov.ar baronej@9dejulio.gov.ar (red vial) cvpereyra@9dejulio.com.ar (rodados) teresam@9dejulio.gov.ar